Leo en El Periódico de Catalunya que, como era previsible, el Congreso ha cerrado de nuevo la vía que el Senado había abierto para que los padres pudiesen “corregir” a los hijos dándoles, por ejemplo, un cachete. No les voy a repetir aquí lo que he leído; para eso pongo el enlace. Desgraciadamente, mi confianza en los políticos, como “gremio”, está bajo mínimos desde hace bastantes años. Por eso, no me extrañaría que esta fuese una operación más de “izquierdos” (que ganan en el Congreso) contra “derechos” (que ganan en el Senado), revestida, por supuesto, de la honorabilidad derivada de un asunto tan delicado como el de la atención a la infancia.
El caso es que el artículo 154 del Código Civil termina diciendo: “Podrán también corregir razonable y moderadamente a los hijos”. Nada dice, por tanto, de “castigos” ni de “maltrato“. Sería deseable que los políticos definieran ambos términos, porque, en estas discusiones, me parece que hay una desmesurada obsesión por el llamado “castigo físico” (claro, es el más fácil de detectar).
Creo que nadie (bueno, nadie “con la cabeza encima de los hombros”) discute que el maltrato infantil sea admisible, pero, según como se mire, una voz más fuerte que otra puede ser “maltrato”, una expresión facial agresiva puede ser “maltrato” (por cierto, esta, si se repite con cierta frecuencia, puede producir efectos mucho peores que una bofetada), pero, en todo este asunto, me parece que sigue primando la vaguedad. Me parece muy interesante a este respecto esta página.Lo único concreto que saco en limpio (y no tanto, porque serán los jueces los que tengan que decidir en última instancia) es que se proscriben las acciones de contacto físico que alguien pueda considerar “violento”…
El caso es que se sabe (desde hace mucho tiempo) que el “castigo” (tomado en sentido técnico conductual) no es el mejor medio para aprender, que puede suscitar problemas derivados, pero sí permite cortar una cadena de conductas no aceptables. También se sabe que, para que un castigo sea eficaz, tiene que ser considerado como tal por el sujeto, inmediato a los hechos punibles y suficientemente fuerte (o sea, lo “habitual en los juzgados”…).
Personalmente, estoy convencido de que un cachete (con legislación presuntamente hipócrita o sin ella), en una situación determinada, es un buen castigo (en sentido conductual) y que la postura malhumorada durante una tarde, por ejemplo, no solo no es un castigo, sino que puede constituir maltrato… pero esa persona maltratadora nunca acabará en un juzgado… ni la pondrá verde la diputada Navarro…
A propósito, el artículo 15 de la Constitución dice: “Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”… ¿Una paliza es, en cualquier circunstancia, “trato inhumano o degradante”? Si es así, aunque, en principio, no tenga nada contra el Cuerpo Nacional de Policía, ¿cuándo disuelven las Unidades de Intervención Policial?
(La ilustración la he tomado de Foro contra el maltrato infantil.
















